Del lat. statūtum.
* Establecimiento, regla que tiene fuerza de ley para el gobierno de un cuerpo.
* Ordenamiento eficaz para obligar; p. ej., un contrato, una disposición testamentaria, etc.
* Ley especial básica para el régimen autónomo de una región, dictada por el Estado de que forma parte.
* Der. Régimen jurídico al cual están sometidas las personas o las cosas, en relación con la nacionalidad o el territorio.
estatuto personal.
* Der. Régimen jurídico que se determina en consideración a la nacionalidad o condición personal del sujeto.
Estatuto Real.
* Ley fundamental del Estado, que se promulgó en España en 834 y rigió hasta 836.
* Der. Régimen legal que se determina en consideración a la naturaleza de las cosas o al territorio en que radican.
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